Duda recibida:
El delito de agresión sexual, ¿es público o semipúblico?Es que estoy buscando información y leo las dos versiones y parece que la Ley Orgánica 10/2022 ha modificado este tema.
Duda recibida:
El delito de agresión sexual, ¿es público o semipúblico?Artículo 191Por lo tanto, al precisar denuncia, no puede considerarse público, quedando configurado como un delito semipúblico.
1. Para proceder por los delitos de agresiones sexuales y acoso sexual será precisa denuncia
- de la persona agraviada
- de su representante legal
- querella del Ministerio Fiscal, que actuará ponderando los legítimos intereses en presencia.
Cuando la víctima sea menor de edad, persona con discapacidad necesitada de especial protección o una persona desvalida, bastará la denuncia del Ministerio Fiscal.
2. En estos delitos el perdón del ofendido o del representante legal no extingue la acción penal ni la responsabilidad de esa clase.
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