Inicio Tema 16: Derecho Penal

Medidas predelictuales: ¿debo estudiarlas para Policía Nacional?

16/02/2026

Duda recibida:

Buenas tardes, si está derogada esta clasificación del código penal porqué se pregunta?? Gracias
Pregunta tipo test
Solución marcada
Las medidas de seguridad predelictuales, eran las aplicadas:
  1. Sin cometer el hecho, pero se tienen sospechas de su peligrosidad
  2. Cuando se ha cometido el hecho, y está demostrada su peligrosidad
  3. En ambas situaciones
Retroalimentación
Esta clasificación quedó derogada con la entrada del Código Penal 1995.

Ahora es un requisito para aplicar medidas de seguridad que haya cometido un delito.

Ahora se clasifican en privativas o no privativas de libertad.

¿Por qué hay que conocer qué son las medidas predelictuales?

¡Buenas tardes!

Tenemos este tipo de preguntas porque en algunos manuales de otras academias todavía siguen incluyéndolas en su contenido a modo histórico. Si otras plataformas lo incluyen nosotros no podemos obviarlo porque nuestro objetivo es que podáis contestar tanto las preguntas fáciles, medias como las complicadas.

De la misma forma que todavía hablan en algunos lados de:

  • Las antiguas faltas
  • Los tres libros antiguos del CP
  • Referencias anteriores a la gran modificación de 2015

No suele ser relevante conocer la fecha exacta de derogación pero sí es importante saber que NO existen medidas predelictuales en la actualidad o no están recogidas en el Código Penal actual.

¿Qué son las medidas predelictuales?

Las medidas predelictuales eran instrumentos jurídicos que permitían al Estado imponer restricciones o sanciones sin que la persona hubiera cometido un delito, basándose únicamente en la supuesta peligrosidad social.

Las medidas predelictuales se encontraban recogidas en:

  • Ley de Vagos y Maleantes (1933)
  • Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social (1970)

Actualmente no tienen cabida, ya que el artículo 6 del Código Penal exige la previa comisión de un hecho delictivo:

Las medidas de seguridad se fundamentan en la peligrosidad criminal del sujeto al que se impongan, exteriorizada en la comisión de un hecho previsto como delito.

Aunque el Código Penal no emplea técnicamente los términos predelictual o postdelictual, doctrinalmente se utilizan para explicar que en la actualidad las medidas de seguridad requieren siempre la comisión previa de un delito (postdelictual).

Diferencia entre peligrosidad social y peligrosidad criminal

Las antiguas medidas predelictuales se basaban en la peligrosidad social, mientras que el sistema penal actual se fundamenta en la peligrosidad criminal, siempre vinculada a la comisión de un delito.

¿Pueden preguntarme esto en la oposición a Policía Nacional?

Es improbable pero NO imposible. En la convocatoria de la oposición no existe un apartado de referencia histórica del Código Penal y en un principio no tiene cabida. Pero tampoco está incluida la referencia histórica de la Constitución y en años anteriores han preguntado sobre esto.

En 2022: Preguntaron por el nombre de uno de los siete diputados que redactaron la Constitución

Por lo tanto y por curarnos en salud debemos tenerla en nuestra base de datos para que os suene, pero tampoco hay que darle mucha más importancia.


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