Duda recibida:
Puede ser que haya una modificación en este artículo? Pensaba que ahora debería ser: condenado ejecutoriamente por al menos 3 delitos, siendo al menos uno de ellos leve.Multirreincidencia en hurtos y robos: diferencias entre los artículos 234.2 y 235.1.7.º
22/07/2026Retroalimentación
Cuando al delinquir el culpable hubiera sido CONDENADO EJECUTORIAMENTE por AL MENOS TRES delitos MENOS GRAVES o GRAVES comprendidos en este título, siempre que sean de la misma naturaleza.
No se tendrán en cuenta los antecedentes cancelados o que debieran serlo
¿Cuándo se computan delitos leves en la multirreincidencia?
La regulación de la reincidencia y la multirreincidencia en los delitos patrimoniales ha sido modificada recientemente por la Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril. Sin embargo, la respuesta señalada como correcta en esta pregunta está actualizada.
Lo que ocurre es que la redacción vigente del Código Penal distingue, en relación con los hurtos y los robos con fuerza en las cosas, tres supuestos diferentes relacionados con la reincidencia y la multirreincidencia:
- Reincidencia como agravante genérica —artículo 22.8.ª—
Existe cuando, al delinquir, el culpable ya hubiera sido condenado ejecutoriamente por un delito comprendido en el mismo título del Código Penal, siempre que sea de la misma naturaleza.
A estos efectos, no se computan los antecedentes correspondientes a delitos leves, salvo lo dispuesto específicamente para los tipos agravados por multirreincidencia de delitos leves. Por tanto, el antecedente computable deberá corresponder a un delito menos grave o grave.
- Multirreincidencia aplicable al hurto leve —artículo 234.2—
Se aplica cuando la cuantía del hurto actual no supera los 400 euros y el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente por:
- Al menos tres delitos.
- De la misma naturaleza.
- Comprendidos en el Título XIII del Código Penal.
- Siendo al menos uno de ellos leve.
Esto no significa que los tres antecedentes tengan que corresponder a delitos leves, sino que al menos uno de ellos debe ser leve.
En este caso se impone la pena prevista para el hurto básico del artículo 234.1, es decir, prisión de seis a dieciocho meses.
- Multirreincidencia agravada de los hurtos y robos con fuerza —artículo 235.1.7.º—
En este supuesto se exige que, al delinquir, el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente por:
- Al menos tres delitos.
- Todos ellos menos graves o graves.
- Comprendidos en el Título XIII del Código Penal.
- De la misma naturaleza.
Este supuesto agrava directamente el hurto conforme al artículo 235 y también resulta aplicable a los robos con fuerza en las cosas, porque los artículos 240.2 y 241.4 remiten expresamente a las circunstancias previstas en el artículo 235.
Por tanto, lo que recuerdas sobre los tres delitos, siendo al menos uno de ellos leve, es correcto, pero corresponde al supuesto del artículo 234.2. La pregunta se refiere a la multirreincidencia agravada del artículo 235.1.7.º, que exige tres condenas anteriores por delitos menos graves o graves. Por este motivo, la respuesta correcta es la C.
Por último, debe hacerse una precisión sobre el enunciado: aunque incluye también las estafas, estas no se agravan mediante el artículo 235. En las estafas existe una regulación paralela: el artículo 248 contempla el supuesto de tres delitos siendo al menos uno de ellos leve, mientras que el artículo 250.1.8.º exige tres delitos menos graves o graves.
