Duda recibida:
Buenos días, tengo duda respecto a la retro sobre el plazo de prescripción de un mes, es que en la LOEX no lo he encontrado, eso no es solo de la LOSC?¿Existe prescripción para infracciones y sanciones LOEX?
17/10/2025 Pregunta tipo test
Solución marcada
La acción para iniciar el procedimiento sancionador previsto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, prescribe cuando se trata de infracciones muy graves:
Retroalimentación
La acción para sancionar las infracciones previstas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, prescribe a los TRES AÑOS si la infracción es muy grave, a los DOS AÑOS si es grave, y a los SEIS MESES si es leve, contados a partir del día en que los hechos se hubiesen cometido.
La prescripción se interrumpirá por cualquier actuación de la Administración de la que tenga conocimiento el denunciado.
El plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento estuviera paralizado durante más de un mes por causa no imputable al expedientado.
La prescripción se interrumpirá por cualquier actuación de la Administración de la que tenga conocimiento el denunciado.
El plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento estuviera paralizado durante más de un mes por causa no imputable al expedientado.
Explicación y tabla resumen de la prescripción
Sí que existe, todas las infracciones administrativas tienen un plazo de prescripción. Esto lo encuentras en el siguiente artículo
Artículo 56. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.Te lo pongo en una tabla por si ves mejor este esquema resumen:
1. Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses.
2. Las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los cinco años, las graves a los dos años y las impuestas por infracciones leves al año.
3. Si la sanción impuesta fuera la de expulsión del territorio nacional la prescripción no empezará a contar hasta que haya transcurrido el período de prohibición de entrada fijado en la resolución con un máximo de diez años.
| TIPO | INFRACCIONES | SANCIONES |
|---|---|---|
| Muy graves | 3 años | 5 años |
| Graves | 2 años | 2 años |
| Leves | 6 meses | 1 año |
| Nota: La sanción de expulsión del territorio nacional no empezará a prescribir hasta que haya transcurrido el período de prohibición de entrada, con un máximo de diez años. | ||
¿Hay más leyes con prescripciones?
Sí, eso también lo encuentras en la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la Seguridad Ciudadana o la Ley Orgánica 4/2010 del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional| TIPO | INFRACCIONES | SANCIONES |
|---|---|---|
| Régimen Disciplinario de la Policía Nacional | ||
| Muy graves | 3 años | 3 años |
| Graves | 2 años | 2 años |
| Leves | 1 mes | 1 mes |
| El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en el que adquieran firmeza. | ||
| Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana | ||
| Muy graves | 2 años | 3 años |
| Graves | 1 año | 2 años |
| Leves | 6 meses | 1 año |
| El plazo de prescripción de las sanciones se computará desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza en vía administrativa la resolución por la que se impone la sanción. | ||
