Inicio Tema 17: Derecho Penal Especial

Homicidio doloso e imprudente: diferencias clave del artículo 138 CP con ejemplos de examen

28/01/2026

Duda recibida:

Buenos días. He encontrado esta pregunta de la promoción 39 y no entiendo por qué se da como respuesta correcta la C. Al leerla creí que la correcta era B porque se podría dar el homicidio preterintencional pero en la C veo que cabría la alevosía al atacar por la espalda. Gracias.

¿En qué acción se puede determinar la existencia de un Homicidio del art 138
del código penal?

a) Cuando A tortura a B para obtener información acerca de su número secreto de su tarjeta de
crédito para robarle y a causa de la tortura A muere.
b) A quiere robar a B, por lo que le propina varias patadas en la zona abdominal para robarle la
cartera, dado que B padecía problemas médicos graves estos se le complican y fallece a los dos
meses de la agresión.
c) Al salir de una discoteca A que se encuentra en importante estado de intoxicación aborda a B y la intenta besar a la fuerza, B consigue zafarse y cuando A se está yendo del lugar, B coge una piedra del suelo y golpea a A en la cabeza causándole la muerte.

Diferencia entre homicidio doloso y homicidio imprudente según la jurisprudencia

En la actualidad la jurisprudencia se ha pronunciado en numerosas ocasiones sobre muchos de estos casos para diferenciar cuándo es homicidio imprudente y cuando sería homicidio doloso.

¿Cuándo será homicidio doloso del artículo 138?

  • 1. Realizar una conducta peligrosa para la vida
    • Golpes en zonas vitales (cabeza)
    • Violencia intensa o repetida
    • Medios letales
    • Riesgo evidente de muerte
  • 2. Ser consciente de ese peligro de muerte
  • 3. Seguir actuando a sabiendas de lo anterior
Ejemplo: Antonio quiere dar una lección a Marcos y le propina una brutal paliza con múltiples golpes en el cráneo sufriendo un hematoma subdural y una hemorragia por la cual tuvo que ser intervenido quirúrgicamente. Fallece días después a consecuencia de estas lesiones.

¿Cuándo será homicidio imprudente o no llegará a homicidio doloso?

  • Solo quiere lesionar o agredir
  • La muerte se produce por complicaciones no previsibles o especiales de la víctima
    • Enfermedades desconocidas por el autor
  • No hay riesgo vital claro para una persona normal
Ejemplo: Juan empuja a Miguel el cual por el impulso tropieza y cae golpeándose la cabeza y acaba muriendo.

Analizando los supuestos de examen

Respuesta A: Cuando A tortura a B para obtener información acerca de su número secreto de su tarjeta de crédito para robarle y a causa de la tortura A muere.

En este caso nos indica que lo tortura, es decir, que le provoca un grave dolor, y parece ser que se le fue de las manos porque acaba muriendo.

No hay detalles sobre si los medios son violentos, las zonas, ni la forma de torturarlo y en Derecho Penal no se pueden presumir elementos del tipo ni agravantes. No se puede dejar volar la imaginación más allá de lo que hay.

Pero lo que está claro es que si la tortura ha sido de tal entidad que ha provocado la muerte (violencia, sufrimiento prolongado o riesgo para la vida), existe como mínimo dolo eventual, al implicar una violencia objetivamente peligrosa para la vida.

Por lo que se calificaría este supuesto como asesinato por aumentar deliberadamente el dolor de la víctima, puesto que la tortura en este plano encaja justamente con esta circunstancia.

Por lo que no concuerda con el homicidio doloso del artículo 138.

Respuesta B: A quiere robar a B, por lo que le propina varias patadas en la zona abdominal para robarle la cartera, dado que B padecía problemas médicos graves estos se le complican y fallece a los dos meses de la agresión.

Este caso coincide perfectamente con lo que te hemos explicado anteriormente. La muerte se produce por complicaciones especiales de la víctima desconocidas por el autor. Para una persona normal varias patadas en el estómago no comportan normalmente un riesgo mortal directo salvo circunstancias excepcionales.

La jurisprudencia solo ha condenado en estos casos cuando el autor conocía estos detalles o sí percibía la posibilidad de matar (zonas vitales como la cabeza) o uso de armas (disparos al pecho, puñaladas en el torso, etc.)

Respuesta C: Al salir de una discoteca A que se encuentra en importante estado de intoxicación aborda a B y la intenta besar a la fuerza, B consigue zafarse y cuando A se está yendo del lugar, B coge una piedra del suelo y golpea a A en la cabeza causándole la muerte.

Llegados a este punto y por descarte solo queda que sea esta correcta pero vamos a analizarla.

En este supuesto el autor utiliza un objeto contundente (piedra) y golpea una zona vital (cabeza). Es un riesgo mortal directo.

En uno de los supuestos anteriores te comenté: "no hay que dejar volar la imaginación". En el supuesto no pone que le golpea por la espalda. Si quisiera remarcar eso te diría algo como:

  • Por la espalda
  • Aprovechando que no lo ve
  • Para asegurar su acción
  • Para evitar la posibilidad de defensa

¿Y por qué me dicen entonces que se estaba yendo?

Pues seguramente la intención no es confundir con la alevosía, sino dejar sin aplicación la legítima defensa ya que la agresión ya había cesado al conseguir zafarse y que la otra parte se marchara del lugar.

¿Y la intoxicación de la víctima?

No toda intoxicación implica alevosía, solo cuando esa intoxicación produce la indefensión ni que se aproveche el autor de esta circunstancia. Si puede andar y forcejear para intentar agredirla sexualmente entonces también puede defenderse.

Sería diferente si debido a esa intoxicación estuviera inconsciente, semidormido, incapacitado o fuera una droga que anula la voluntad. Una vez más no nos han dado esos detalles.

Te doy un consejo básico para preguntas tipo test, en muchas ocasiones no existe la opción correcta, sino que se reduce a elegir la opción menos incorrecta o, dicho de otra forma, la opción más correcta.

¿Y si en los casos A y B se hubiera producido la muerte para evitar que denuncien el primer delito?

En este caso, si la muerte hubiera sido intencionada con esa finalidad hablaríamos siempre de asesinato como bien indica el artículo 139.1.4:

4. Para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra

Ejemplos claros de este 139.4:

  • Matar al testigo para atar cabos
  • Matar a un vigilante para robar
  • Matar a la víctima para que no denuncie
NOTA: No hay que confundir una muerte durante un delito con una muerte instrumental

¡Crea tu cuenta gratis!

Prueba más de 18.000 preguntas actualizadas y resueltas. En tu móvil y en tu ordenador.

  • Test personalizados
  • Curso de psicotécnicos
  • Preguntas por niveles
  • Desafía a otros opositores
  • Cancela cuando quieres

Otras dudas del tema 17 · Derecho Penal Especial