Duda recibida:
Tengo una duda sobre la tarjeta de armas A.Tengo en cuenta que cada tarjeta don 6 armas pero, ¿se podía tener más de una tarjeta? O solo es en la B que es ilimitadas aunque si pasa de 6 armas hay que expedir otra tarjeta?
Duda recibida:
Tengo una duda sobre la tarjeta de armas A.Sí, aquí hay una diferencia importante entre cuántas armas puede incluir cada tarjeta y cuántas tarjetas puede tener una persona.
En la tarjeta A, el límite de 6 armas no es por cada tarjeta, sino por titular. Es decir, solamente pueden documentarse hasta 6 armas de la categoría 4.ª.1 mediante tarjetas A.
Por tanto, una persona no puede tener 7 armas de la categoría 4.ª.1 pretendiendo documentarlas mediante una segunda tarjeta A.
En cambio, con la tarjeta B, correspondiente a las armas de la categoría 4.ª.2, el número de armas es ILIMITADO. Cada tarjeta permite reseñar hasta 6 armas y, si se supera esa cantidad, el interesado puede ser titular de más de una tarjeta B.
Las armas de la categoría 4.ª.1 comprenden las carabinas y pistolas semiautomáticas y de repetición, así como los revólveres de doble acción, accionados por aire u otro gas comprimido no asimilados a escopetas.
Las armas de la categoría 4.ª.2 comprenden las carabinas y pistolas de ánima lisa o rayada y de un solo tiro, así como los revólveres de acción simple, accionados por aire u otro gas comprimido no asimilados a escopetas.
EJEMPLOS:
¡OJO! La autoridad municipal puede reducir estos límites atendiendo a las circunstancias locales y personales que concurran.
PARA EXAMEN: recuerda que en la TARJETA A el máximo es de 6 ARMAS POR TITULAR, mientras que en la TARJETA B el número de armas es ILIMITADO y, cuando sean más de 6, podrán expedirse varias tarjetas B.
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