Sí. Aunque el artículo 90 del Reglamento de Armas establece que los POSEEDORES DE LICENCIA C pasan revista durante el mes de mayo, hay que distinguir entre quién posee la licencia, quién es propietario del arma y a nombre de quién se encuentra expedida su guía de pertenencia.
La LICENCIA C pertenece al vigilante de seguridad y le habilita para utilizar armas en los servicios correspondientes. Sin embargo, las armas utilizadas en estos servicios son normalmente propiedad de la empresa de seguridad.
Además, la GUÍA DE PERTENENCIA de cada una de estas armas se expide a nombre de la empresa, entidad u organismo propietario, y no a nombre del vigilante que la utiliza durante un determinado servicio.
Por tanto, no debe interpretarse que cada vigilante con licencia C tenga necesariamente un arma concreta vinculada permanentemente a su licencia ni que deba ser él personalmente quien la presente cuando corresponda pasar revista.
Una misma arma puede ser utilizada por distintos vigilantes debidamente habilitados y, cuando no esté siendo utilizada, debe permanecer bajo la custodia correspondiente de la empresa.
El artículo 90 establece que los POSEEDORES DE LICENCIA C pasan revista durante el MES DE MAYO ante la Intervención de Armas correspondiente. Ahora bien, para pasar la revista el arma puede ser presentada PERSONALMENTE O POR MEDIO DE UN TERCERO DEBIDAMENTE AUTORIZADO POR ESCRITO.
Por ello, la empresa puede organizar materialmente la presentación de sus armas a revista mediante la persona debidamente autorizada, sin que sea obligatorio que acuda precisamente el vigilante que tenga asignada o haya utilizado esa arma.
EJEMPLO: Juan es vigilante de seguridad y titular de una licencia C. Durante determinados servicios utiliza un revólver propiedad de su empresa. Cuando llega el momento de pasar revista, Juan puede encontrarse realizando un servicio sin arma, estar de vacaciones o simplemente no tener asignado ese revólver.
Esto no impide que el arma pase revista: podrá presentarla otra persona DEBIDAMENTE AUTORIZADA POR ESCRITO. No existe una regla que obligue a que sea precisamente Juan quien tenga que llevarla por haber sido su último usuario o por tenerla habitualmente asignada.
La estructura sería, por tanto:
- LICENCIA C → pertenece al vigilante de seguridad.
- ARMA → pertenece normalmente a la empresa de seguridad.
- GUÍA DE PERTENENCIA → se expide a nombre de la empresa, entidad u organismo propietario.
- PRESENTACIÓN A REVISTA → puede realizarse personalmente o mediante un tercero debidamente autorizado por escrito.
Por tanto, que un vigilante tenga LICENCIA C no significa que exista una correspondencia permanente del tipo «vigilante X = arma X». Lo relevante es que las armas correspondientes sean presentadas a revista cuando proceda.
Además, si un arma deja de pasar DOS REVISTAS CONSECUTIVAS, procede la ANULACIÓN Y RETIRADA DE SU GUÍA DE PERTENENCIA y el DEPÓSITO DEL ARMA.
PARA EXAMEN: el Reglamento dice que los POSEEDORES DE LICENCIA C pasan revista en MAYO, pero esto NO significa que el vigilante que tenga asignada el arma deba presentarla personalmente. El arma y su guía pertenecen a la empresa y aquella puede ser presentada por un TERCERO DEBIDAMENTE AUTORIZADO POR ESCRITO.