Inicio Tema 45: Riesgos Laborales en Seguridad Vial

Profundidad mínima de los neumáticos en vehículos M2 y M3: cambio en 2026

07/08/2026

Duda recibida:

Buenas tardes José, nunca había visto esta pregunta y he buscado en el reglamento correspondiente pero no aparece nada de los milímetros, ¿dónde puedo encontrar esa información? Gracias
Pregunta tipo test
Solución marcada
Los neumáticos de los vehículos comprendidos en las categorías M2 y M3, deben presentar, durante toda su utilización en las vías públicas, una profundidad en las ranuras principales de la banda de rodadura que, como mínimo, debe ser:
  1. 1,6 milímetros.
  2. 1,2 milímetros.
  3. 1 milímetro.
Retroalimentación
Los neumáticos de los vehículos comprendidos en las categorías M1, N1, O1 y O2 deben presentar, durante toda su utilización en las vías públicas, una profundidad en las ranuras principales de la banda de rodadura que, como mínimo, debe ser de 1,6 mm.

Los neumáticos de los vehículos comprendidos en las categorías M2, M3, N2 y N3, O3 y O4 deben presentar, durante toda su utilización en las vías públicas, una profundidad en las ranuras principales de la banda de rodadura que, como mínimo, debe ser de 1,0 mm.

¿Qué profundidad mínima deben tener los neumáticos de los vehículos M2 y M3?

Nos pareció curioso incluirlo porque es una actualización reciente que procede de la Orden PJC/528/2026, de 26 de mayo y que ha modificado el Anexo VII del Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998).

¿Por qué puede generar confusión?

Porque antes de la reforma el Reglamento decía exclusivamente:

M1, N1, O1 y O2 → 1,6 mm

Lo que ha ocurrido es que la reforma de 2026 introduce expresamente un requisito específico de profundidad mínima para los vehículos pesados:

M2, M3, N2, N3, O3 y O4 → 1,0 mm
profundidad-minima-neumaticos-m2-m3-1-mm-2026

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